Corte da otro amparo para uso lúdico de la marihuana

  • El fallo de la SCJN permite consumir, sembrar, cultivar, cosechar y transportar la droga.

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a través de su Primera Sala, otorgó el segundo amparo para que un particular pueda hacer uso lúdico y recreativo de la mariguana.

Por mayoría de cuatro votos a favor y uno en contra del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, dicha Sala concedió la protección de la justicia federal al particular, en la revisión del amparo 1115/2017.

En noviembre de 2015 la misma Sala de la SCJN concedió la protección de la justicia —la primera— a cuatro particulares que promovieron un amparo colectivo en contra de diversos preceptos de la Ley General de Salud.

El caso actual se originó en razón de que el particular solicitó a la Cofepris (Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios), la autorización para consumir mariguana regularmente, “de forma personal y con fines meramente lúdicos y recreativos”.

De igual forma, en su solicitud pidió realizar las actividades correlativas al autoconsumo, como son la siembra, el cultivo, cosecha, preparación, posesión, transportación y, en general, todo acto relacionado con el consumo lúdico y personal de la mariguana.

Tras varios intentos y fallos se le concedió el amparo al particular a fin de que se le otorgue autorización para el consumo personal de mariguana, sin que ello constituya una autorización para su comercialización, ni para el consumo de otros estupefacientes y psicotrópicos.

 

Crónica.

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