{"id":90185,"date":"2022-08-25T12:01:11","date_gmt":"2022-08-25T17:01:11","guid":{"rendered":"https:\/\/www.noticiasperfil.com\/index\/?p=90185"},"modified":"2022-08-25T12:01:14","modified_gmt":"2022-08-25T17:01:14","slug":"prision-preventiva-a-juicio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.noticiasperfil.com\/index\/2022\/08\/25\/prision-preventiva-a-juicio\/","title":{"rendered":"Prisi\u00f3n preventiva, a juicio"},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-full\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/www.noticiasperfil.com\/index\/wp-content\/uploads\/2021\/01\/punto-de-vista.jpg?w=640&#038;ssl=1\" alt=\"\" class=\"wp-image-71247\" data-recalc-dims=\"1\"\/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p><strong>Punto de Vista\/Por Filiberto Vargas Rodr\u00edguez.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Prefacio.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El caso de Paloma, empleada de la Secretar\u00eda de Gobierno (Segob) de Veracruz que denunci\u00f3 acoso sexual por parte de su superior jer\u00e1rquico, se suma a la larga lista de omisiones en las que ha incurrido la Fiscal\u00eda del estado de Veracruz, para favorecer a servidores p\u00fablicos del gobierno estatal. *** El Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de Veracruz (TEJAV) emiti\u00f3 una resoluci\u00f3n en la que se determin\u00f3 que Paloma s\u00ed fue v\u00edctima de faltas graves y que se vulneraron sus datos personales. *** El TEJAV resolvi\u00f3 el recurso RIN\/01\/2020 interpuesto por los abogados de la empleada de la secretar\u00eda de Gobierno, luego de que la resoluci\u00f3n emitida por la Contralor\u00eda General del Estado determin\u00f3 que \u201cno hubo faltas graves que sancionar\u201d. *** La sentencia del Tribunal incluir\u00e1 en su momento la sanci\u00f3n que ha de imponerse al exdirector de Gobernaci\u00f3n y al jefe de la Unidad Administrativa de la Segob, se\u00f1alados de incurrir en diversas faltas en este caso. *** La sentencia deja en claro que, adem\u00e1s de la Contralor\u00eda, ni el Instituto Veracruzano de las Mujeres (IVM), ni la propia Secretar\u00eda de Gobierno, mediante los \u00f3rganos internos de control, actuaron con la debida diligencia en las denuncias por acoso, hostigamiento y amenazas contra la mujer. *** La resoluci\u00f3n del TEJAV coincide con lo que ya hab\u00eda determinado la Comisi\u00f3n Estatal de Derechos Humanos (CEDH). *** En el a\u00f1o 2019, la Comisi\u00f3n Estatal de Derechos Humanos emiti\u00f3 la recomendaci\u00f3n 02\/2022 dirigida a la Secretar\u00eda de Gobierno, a la Contralor\u00eda General del Estado y al Instituto Veracruzano de las Mujeres (IVM), pues encontr\u00f3 que todas esas dependencias tuvieron conocimiento de los hechos, pero desde\u00f1aron por completo el caso de acoso sexual y laboral que sufri\u00f3 una empleada. *** Aunque la denuncia tambi\u00e9n fue conducida por la v\u00eda penal, es la fecha en que la Fiscal\u00eda no ha actuado en contra del presunto acosador. *** \u201cLa carpeta ya est\u00e1 integrada, ya \u00edbamos a llegar a la audiencia inicial que estaba programada para el primero de julio y la persona que denunci\u00e9 solicit\u00f3 m\u00e1s tiempo para su defensa\u201d, se\u00f1al\u00f3 la v\u00edctima.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p>El art\u00edculo primero de la Constituci\u00f3n General de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su primer p\u00e1rrafo que en este pa\u00eds \u201ctodas las personas gozar\u00e1n de los derechos humanos reconocidos en esta Constituci\u00f3n y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, as\u00ed como de las garant\u00edas para su protecci\u00f3n, cuyo ejercicio no podr\u00e1 restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constituci\u00f3n establece\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Uno derecho humano elemental, es el de la \u201clibertad de las personas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Ordenar que a un ser humano le sea restringido su derecho a la libertad sin tener en su contra una sentencia firma de un juzgado, violenta el art\u00edculo primero de nuestra Carta Magna.<\/p>\n\n\n\n<p>La Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n (SCJN) est\u00e1 por resolver, a propuesta del ministro Luis Mar\u00eda Aguilar Morales y siempre que ocho de los 11 ministros aprueben el fallo, la inaplicaci\u00f3n del art\u00edculo 19 de la Constituci\u00f3n que establece la prisi\u00f3n preventiva oficiosa para 16 delitos graves, entre los que se incluyen los cometidos por la delincuencia organizada.<\/p>\n\n\n\n<p>El proyecto de sentencia responde a las acciones de inconstitucionalidad promovidas en el 2019 por la Comisi\u00f3n Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la minor\u00eda parlamentaria de la C\u00e1mara de Senadores en contra del decreto que reform\u00f3 diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley de Seguridad Nacional, el C\u00f3digo Nacional de Procedimientos Penales, el C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n y del C\u00f3digo Penal Federal, por contradecir la Constituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Dicha propuesta de sentencia declara la invalidez del art\u00edculo 167, p\u00e1rrafo s\u00e9ptimo, del C\u00f3digo Nacional de Procedimientos Penales, y del art\u00edculo 5, fracci\u00f3n XIII, de la Ley de Seguridad Nacional relacionados con el contrabando y la defraudaci\u00f3n fiscal.<\/p>\n\n\n\n<p>El gobierno federal ya dio a conocer su postura, advirtiendo de los riesgos de aprobar dicha sentencia.<\/p>\n\n\n\n<p>En un comunicado el gobierno federal advirti\u00f3 que eliminar la prisi\u00f3n preventiva en delitos graves expondr\u00e1 a jueces a corrupci\u00f3n y podr\u00eda afectar a v\u00edctimas<\/p>\n\n\n\n<p>Dicha postura hab\u00eda sido anticipada la ma\u00f1ana de este mi\u00e9rcoles por el presidente L\u00f3pez Obrador:<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cA veces, con todo respeto, se usan tecnicismos y se habla de tesis, jurisprudencia y no se entiende la esencia del asunto. La esencia es que se busca impunidad y corrupci\u00f3n, claro\u201d, se\u00f1al\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n reproch\u00f3 que se d\u00e9 marcha atr\u00e1s con las modificaciones constitucionales que se realizaron para ampliar el cat\u00e1logo de delitos graves que ahora incluye a cr\u00edmenes como la corrupci\u00f3n, la defraudaci\u00f3n fiscal y el robo de combustible o \u201chuachicol\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Para Aguilar Morales la prisi\u00f3n preventiva es una medida cautelar que implica la privaci\u00f3n de la libertad durante el desarrollo de un procedimiento penal, por lo que constituye una restricci\u00f3n a los derechos de libertad personal y a la presunci\u00f3n de inocencia.<\/p>\n\n\n\n<p>Agrega que la prisi\u00f3n preventiva debe ser utilizada como medida excepcional y que en todos aquellos casos en los que se disponga su aplicaci\u00f3n, se tenga el derecho a la presunci\u00f3n de inocencia al establecerse las razones leg\u00edtimas que pudiesen justificarla.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cNo se pueden cerrar los ojos a esta realidad: las penas privativas de la libertad no s\u00f3lo condenan a la persona imputada, tambi\u00e9n a su familia\u201d, apunt\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p><strong>Ep\u00edlogo.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Un buen golpe legal del \u00d3rgano de Fiscalizaci\u00f3n Superior (Orfis). El Juzgado Cuarto de Distrito con sede en Boca del R\u00edo, le neg\u00f3 la suspensi\u00f3n definitiva al Grupo MAS, que administra el sistema de agua potable en la zona conurbada de Veracruz y Boca del R\u00edo, por lo que este organismo ya no podr\u00e1 evitar que le realicen auditor\u00edas t\u00e9cnicas, financieras y administrativas. *** El Juez Federal decidi\u00f3 no concederle la suspensi\u00f3n definitiva a Grupo MAS, en raz\u00f3n de que de concederse la medida solicitada se generar\u00eda perjuicio al inter\u00e9s social y se contravendr\u00edan disposiciones de orden p\u00fablico. *** Lorena S\u00e1nchez Vargas, presidenta municipal de Sayula de Alem\u00e1n, retorn\u00f3 al ayuntamiento para poner orden. *** A trav\u00e9s de una circular que fue colocada a las afueras de cada oficina la alcaldesa notific\u00f3 la destituci\u00f3n del cargo del Tesorero Municipal, Rafael Gonz\u00e1lez C\u00e1rdenas; de la contralora, Alma Leticia Pati\u00f1o Gabriel; de la oficial mayor, Beatriz del Carmen Aguilar Mayo, y de la secretaria municipal, Mirna Celia Castilla Dom\u00ednguez. *** Su separaci\u00f3n, dijo, se debe a los se\u00f1alamientos de esos funcionarios contra la alcaldesa durante el tiempo que esta permaneci\u00f3 ausente tras haber denunciado la intromisi\u00f3n del crimen organizado en las finanzas municipales. *** La alcaldesa se hizo acompa\u00f1ar de un notario p\u00fablico y a los funcionarios removidos se les impidi\u00f3 el acceso a las que eran sus oficinas.<\/p>\n\n\n\n<p>filivargas@gmail.com<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Punto de Vista\/Por Filiberto Vargas Rodr\u00edguez. 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